Artículo 2183 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
El acreedor no puede hacer mejoras en la cosa dada en anticresis sin autorización del Juez, con audiencia del deudor si estuviese en el lugar.
Código Civil · Decreto 76-1906
El acreedor no puede hacer mejoras en la cosa dada en anticresis sin autorización del Juez, con audiencia del deudor si estuviese en el lugar.