Artículo 13 de la Ley de Tránsito de Honduras

Ley de Tránsito · Decreto 205-2005

Constituyen el patrimonio del fondo:

1) Los fondos que aporten el gobierno central y los gobiernos locales;

2) Subsidios y transferencias especiales del Estado;

3) Legados y donaciones nacionales e internacionales; y,

4) El producto de las multas en su totalidad sea para la Dirección Nacional de Transporte (DNT).