Artículo 13 de la Ley de Tránsito de Honduras
Ley de Tránsito · Decreto 205-2005
Constituyen el patrimonio del fondo:
1) Los fondos que aporten el gobierno central y los gobiernos locales;
2) Subsidios y transferencias especiales del Estado;
3) Legados y donaciones nacionales e internacionales; y,
4) El producto de las multas en su totalidad sea para la Dirección Nacional de Transporte (DNT).