Artículo 94de la Ley del Seguro Social de Honduras
CAPÍTULO VI DISPOSICIONES DIVERSAS
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) tanto en lo que se refiere a sus bienes y rentas, como a los actos y contratos que celebre, estará exento del pago de toda clase de impuestos, derechos y tasas fiscales o municipales.
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CAPÍTULO VI DISPOSICIONES DIVERSAS
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Sobre este texto
- Ley
- Ley del Seguro Social · Decreto 140-59
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
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Cómo citar
Artículo 94 de la Ley del Seguro Social de Honduras. Decreto 140-59. Texto según TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-94/