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Artículo 61de la Ley del Seguro Social de Honduras

CAPÍTULO IV DE LOS RECURSOS Y DE LA ORGANIZACION FINANCIERA

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

Las cotizaciones de los trabajadores y los empleadores como tales y el Estado retenidas por los empleadores y no enteradas al instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) en los plazos señalados en la presente Ley y sus Reglamentos, dará derecho al Instituto de imponer los recargos correspondientes por mora y a incoar las acciones legales que en derecho procedieren.

Los recargos por mora a que se refiere el párrafo precedente, en ningún momento serán menores que el promedio de las tasas máximas activas de interés vigente en el Sistema Financiero Nacional.

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Ley del Seguro Social · Decreto 140-59
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17 de octubre de 2026
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Cómo citar

Artículo 61 de la Ley del Seguro Social de Honduras. Decreto 140-59. Texto según TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-61/

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