Artículo 31de la Ley del Seguro Social de Honduras
CAPÍTULO II DE LA ADMINISTRACION DEL SEGURO SOCIAL · SECCIÓN IV DEL PERSONAL DEL INSTITUTO
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
El personal del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), será contratado o nombrado por el Director Ejecutivo en base a capacidad e idoneidad por la vía del concurso, cuando así lo estipulen leyes especiales.
Ubicar en la ley
CAPÍTULO II DE LA ADMINISTRACION DEL SEGURO SOCIAL · SECCIÓN IV DEL PERSONAL DEL INSTITUTO
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Sobre este texto
- Ley
- Ley del Seguro Social · Decreto 140-59
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
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Cómo citar
Artículo 31 de la Ley del Seguro Social de Honduras. Decreto 140-59. Texto según TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-31/