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Artículo 32de la Ley del Seguro Social de Honduras

CAPÍTULO II DE LA ADMINISTRACION DEL SEGURO SOCIAL · SECCIÓN IV DEL PERSONAL DEL INSTITUTO

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

El Director ejecutivo deberá informar a la Junta Directiva, sobre la organización, nombramiento, renuncia y distribuciones del personal del Instituto.

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Ley del Seguro Social · Decreto 140-59
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17 de octubre de 2026
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Artículo 32 de la Ley del Seguro Social de Honduras. Decreto 140-59. Texto según TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-32/

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