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Artículo 16de la Ley del Seguro Social de Honduras

CAPÍTULO II DE LA ADMINISTRACION DEL SEGURO SOCIAL · SECCIÓN 1 DE LA JUNTA DIRECTIVA

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

La Junta Directiva se reunirá en sesiones ordinarias por lo menos cada quince (15) días y en forma extraordinaria cuando así lo estime conveniente cualesquiera de los sectores que lo integren, o a solicitud de la Dirección Ejecutiva.

Los miembros de la Junta Directiva devengarán las dietas que se fijen en el Reglamento Interno de la misma.

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CAPÍTULO II DE LA ADMINISTRACION DEL SEGURO SOCIAL · SECCIÓN 1 DE LA JUNTA DIRECTIVA

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Ley del Seguro Social · Decreto 140-59
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17 de octubre de 2026
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Cómo citar

Artículo 16 de la Ley del Seguro Social de Honduras. Decreto 140-59. Texto según TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-16/

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