Artículo 104de la Ley del Seguro Social de Honduras
CAPÍTULO VI DISPOSICIONES DIVERSAS
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
Los empleadores sujetos al Régimen del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) quedarán exentos de las prestaciones que les impongan las leyes a favor de los trabajadores, en la medida en que estas prestaciones sean concedidas por el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) salvo las excepciones establecidas en esta Ley y sus Reglamentos.
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CAPÍTULO VI DISPOSICIONES DIVERSAS
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Sobre este texto
- Ley
- Ley del Seguro Social · Decreto 140-59
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
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Cómo citar
Artículo 104 de la Ley del Seguro Social de Honduras. Decreto 140-59. Texto según TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-104/