Artículo 8de la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras
TÍTULO PRIMERO COMPETENCIA · CAPÍTULO I PRINCIPIOS GENERALES
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
Si un órgano entiende que le compete el conocimiento de un expediente que trámite cualquier inferior pedirá a éste, las razones que ha tenido para conocer del asunto. A la vista del informe, que será evacuado en el plazo de tres días hábiles, el superior resolverá lo procedente.
Ubicar en la ley
TÍTULO PRIMERO COMPETENCIA · CAPÍTULO I PRINCIPIOS GENERALES
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley de Procedimiento Administrativo · Decreto 152-87
- Fuente oficial
- TSC, Decreto 152-87
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 8 de la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras. Decreto 152-87. Texto según TSC, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/articulo-8/