Artículo 5de la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras
TÍTULO PRIMERO COMPETENCIA · CAPÍTULO I PRINCIPIOS GENERALES
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para éste, en materia procedimental. En los actos dictados por delegación, se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. No obstante, la responsabilidad que se derivare de la emisión de los actos, será imputable al órgano delegado.
Ubicar en la ley
TÍTULO PRIMERO COMPETENCIA · CAPÍTULO I PRINCIPIOS GENERALES
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley de Procedimiento Administrativo · Decreto 152-87
- Fuente oficial
- TSC, Decreto 152-87
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras. Decreto 152-87. Texto según TSC, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/articulo-5/