Artículo 64de la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras
TÍTULO TERCERO PROCEDIMIENTO · CAPÍTULO II INICIACION
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
Iniciado el procedimiento en la forma establecida en el Artículo 60, se impulsará de oficio en todos sus trámites.
Ubicar en la ley
TÍTULO TERCERO PROCEDIMIENTO · CAPÍTULO II INICIACION
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley de Procedimiento Administrativo · Decreto 152-87
- Fuente oficial
- TSC, Decreto 152-87
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 64 de la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras. Decreto 152-87. Texto según TSC, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/articulo-64/