Artículo 61de la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras
TÍTULO TERCERO PROCEDIMIENTO · CAPÍTULO II INICIACION
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
Si se iniciara a instancia de persona interesada, en el escrito que ésta presente, se expresará lo siguiente:
a) Suma que indique su contenido o el trámite de que se trata;
b) La indicación del órgano al que se dirige;
c) El nombre y apellidos, estado, profesión u oficio y domicilio del solicitante o de su representante, en cuyo caso deberá presentar el documento que acredite su representación; ch) Los hechos y razones en que se funde y la expresión clara de lo que se solicita; y,
d) Lugar, fecha y firma o huella digital cuando no supiere firmar.
Ubicar en la ley
TÍTULO TERCERO PROCEDIMIENTO · CAPÍTULO II INICIACION
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley de Procedimiento Administrativo · Decreto 152-87
- Fuente oficial
- TSC, Decreto 152-87
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 61 de la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras. Decreto 152-87. Texto según TSC, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/articulo-61/