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Artículo 101de la Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) de Honduras

TÍTULO VI DISPOSICIONES ESPECIALES · CAPÍTULO I DISPOSICIONES ESPECIALES

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

RETENCIÓN ARBITRARIA.- Constituye retención arbitraria y en consecuencia, se deben imponer las penas determinadas en el Código Penal como apropiación indebida e incumplimiento de los deberes de los funcionarios públicos, a quien no traslade o entere al Instituto el monto de los fondos retenidos obligatoriamente, dentro de los plazos señalados en esta Ley.

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17 de octubre de 2026
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Artículo 101 de la Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) de Honduras. Decreto 357-2013. Texto según TSC (La Gaceta n.º 33,398, 5-abr-2014), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-101/

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