Artículo 101de la Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) de Honduras
TÍTULO VI DISPOSICIONES ESPECIALES · CAPÍTULO I DISPOSICIONES ESPECIALES
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
RETENCIÓN ARBITRARIA.- Constituye retención arbitraria y en consecuencia, se deben imponer las penas determinadas en el Código Penal como apropiación indebida e incumplimiento de los deberes de los funcionarios públicos, a quien no traslade o entere al Instituto el monto de los fondos retenidos obligatoriamente, dentro de los plazos señalados en esta Ley.
Ubicar en la ley
TÍTULO VI DISPOSICIONES ESPECIALES · CAPÍTULO I DISPOSICIONES ESPECIALES
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) · Decreto 357-2013
- Fuente oficial
- TSC (La Gaceta n.º 33,398, 5-abr-2014), Decreto 357-2013
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 101 de la Ley del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) de Honduras. Decreto 357-2013. Texto según TSC (La Gaceta n.º 33,398, 5-abr-2014), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-injupemp/articulo-101/