Artículo 65de la Ley Electoral de Honduras
TÍTULO III CIUDADANIA Y PARTICIPACIÓN ELECTORAL · CAPÍTULO I CIUDADANÍA: DERECHOS Y DEBERES
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
DERECHOS DE LOS CIUDADANOS. Son derechos político-electorales de los ciudadanos:
1) Obtener su documento nacional de identificación y ser inscrito en el Censo Nacional Electoral (CNE) y en los listados que de el se deriven cuando corresponda;
2) Participar en elecciones libres, honestas y transparentes;
3) Determinar su domicilio para participar en elecciones conforme a esta Ley;
4) Ejercer el sufragio en los procesos electorales;
5) Asociarse políticamente para constituir Partidos políticos;
6) Ingresar a la organización política de su preferencia y renunciar a la misma;
7) Postularse como candidato para ser electo;
8) Recibir educación, capacitación y formación cívica, política electoral y de participación ciudadana;
9) Presentar denuncias, acciones, recursos y cualquier otro tipo de peticiones y obtener respuesta dentro de los plazos legales, en materia;
10) Participar en la discusión de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;
11) Obtener protección contra cualquier forma de discriminación por motivos de raza, color, sexo, discapacidad, edad, opiniones políticas, origen social, posición económica o por cualquier otra causa; y,
12) Los demás que le confieren la Constitución de la República y las leyes. Los ciudadanos de alta, en las Fuerzas Armadas y cuerpo de seguridad del Estado no podrán ejercer el sufragio, pero si serán elegibles en los casos no prohibidos por la Ley.
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TÍTULO III CIUDADANIA Y PARTICIPACIÓN ELECTORAL · CAPÍTULO I CIUDADANÍA: DERECHOS Y DEBERES
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Sobre este texto
- Ley
- Ley Electoral · Decreto 35-2021
- Fuente oficial
- TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), Decreto 35-2021
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 65 de la Ley Electoral de Honduras. Decreto 35-2021. Texto según TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-65/