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Artículo 224de la Ley Electoral de Honduras

TÍTULO VII REGULACIONES DE CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL · CAPÍTULO I CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

ACTIVIDADES DE PROPAGANDA ELECTORAL. Durante el período de propaganda electoral, los partidos políticos, sus movimientos internos, sus alianzas y candidatos y las candidaturas independientes pueden celebrar marchas, reuniones y manifestaciones públicas, bajo techo o al aire libre; recorrer lugares públicos y privados; efectuar publicaciones y hacer uso de los medios de comunicación. Estas actividades se deben realizar dentro de los plazos y las modalidades establecidas en la Ley y su Reglamento.

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Ley Electoral · Decreto 35-2021
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17 de octubre de 2026
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Artículo 224 de la Ley Electoral de Honduras. Decreto 35-2021. Texto según TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-224/

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