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Artículo 23de la Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad de Honduras

CAPÍTULO III DE LOS DERECHOS · SECCIÓN II EDUCACIÓN

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

ESPACIOS DE CONVALECENCIA. Cuando los estudiantes con necesidades educativas especiales, por razones médicas no puedan asistir temporalmente al centro educativo, se les deberá proporcionar las opciones necesarias para oportunamente nivelarse y continuar con sus respectivos estudios.

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Fuente oficial
TSC, Decreto 160-2005
Texto descargado
17 de octubre de 2026
Corte
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Cómo citar

Artículo 23 de la Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad de Honduras. Decreto 160-2005. Texto según TSC, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-23/

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