Artículo 255 de la Constitución de la República de Honduras

Constitución de la República · Decreto 131-1982

Los actos administrativos de cualquier órgano del Estado que deban producir efectos jurídicos de carácter general, serán publicados en el Diario Oficial "La Gaceta" y su validez se regulará conforme a lo dispuesto en esta Constitución para la vigencia de ley.