Leyteca

Artículo 711 del Código del Trabajo de Honduras

Código del Trabajo · Decreto 189-59

Para litigar en causa propia o ajena se requerirá ser Abogado en ejercicio legal de la profesión, salvo las excepciones de que trata éste Código. Las partes podrán actuar por sí mismas, sin intervención de Abogados, en los juicios de única instancia y en las audiencias de conciliación.