Artículo 792 del Código Procesal Civil de Honduras
Código Procesal Civil · sin verificar
MOTIVOS DE OPOSICIÓN. Sólo serán admisibles en la ejecución de títulos extrajudiciales los motivos de oposición siguientes:
1. Falta de competencia del tribunal ante quien se presenta la demanda.
2. Falta del carácter, representación o legitimación del demandante o del demandado.
3. Nulidad del mandamiento por no cumplir el título ejecutivo los requisitos legales exigidos.
4. Pago, justificado documentalmente.
5. Compensación de crédito líquido que resulte de documento que tenga fuerza ejecutiva.
6. Pluspetición.
7. Prescripción o caducidad de la pretensión.
8. Quita, espera o pacto o promesa de no pedir, que conste documentalmente.
9. Novación o acuerdo de las partes, siempre que conste en documento público.
10. Sometimiento de la cuestión litigiosa a arbitraje. Para la ejecución de títulos valores solo podrán oponerse las excepciones previstas en el Código de Comercio.