Artículo 729 del Código Procesal Civil de Honduras
Código Procesal Civil · sin verificar
NOTIFICACIÓN Y REMISIÓN DE LAS ACTUACIONES. La sentencia se notificará a las partes dentro de los cinco (5) días siguientes a su pronunciamiento, tras lo cual la Corte Suprema de Justicia devolverá las actuaciones a la correspondiente Corte de Apelaciones, para que disponga el curso que deben seguir conforme a la ley.