Artículo 731 del Código Procesal Civil de Honduras
Código Procesal Civil · sin verificar
COMPETENCIA. Será competente para conocer del recurso de queja al juzgado o tribunal que debiera conocer del recurso de apelación cuya interposición se haya denegado, y la Corte Suprema de Justicia en caso de que no se haya tenido por interpuesto el recurso de casación.