Artículo 547 del Código Procesal Civil de Honduras
Código Procesal Civil · sin verificar
LEGITIMACIÓN ACTIVA. Las pretensiones en materia de condiciones generales de contratación podrán ser interpuestas por las siguientes entidades:
1. Las asociaciones o corporaciones de empresarios, profesionales y agricultores que estatutariamente tengan encomendada la defensa de los intereses de sus miembros.
2. Las Cámaras de Comercio e Industria.
3. Las asociaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas y que tengan estatutariamente encomendada la defensa de éstos.
4. La Procuraduría General de la República.
5. Los Colegios Profesionales legalmente constituidos.
6. El Ministerio Público.