Artículo 547 del Código Procesal Civil de Honduras

Código Procesal Civil · sin verificar

LEGITIMACIÓN ACTIVA. Las pretensiones en materia de condiciones generales de contratación podrán ser interpuestas por las siguientes entidades:

1. Las asociaciones o corporaciones de empresarios, profesionales y agricultores que estatutariamente tengan encomendada la defensa de los intereses de sus miembros.

2. Las Cámaras de Comercio e Industria.

3. Las asociaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidas y que tengan estatutariamente encomendada la defensa de éstos.

4. La Procuraduría General de la República.

5. Los Colegios Profesionales legalmente constituidos.

6. El Ministerio Público.