Artículo 509 del Código Procesal Civil de Honduras

Código Procesal Civil · sin verificar

MEDIDAS CAUTELARES ESPECÍFICAS. Cuando se interpongan pretensiones de impugnación de acuerdos sociales, podrá acordarse, entre otras, la suspensión de los acuerdos impugnados, cuando el demandante o demandantes rindan caución suficiente, lo mismo se exigirá en el caso de cooperativas.