Artículo 291 del Código Penal de Honduras
Código Penal · Decreto 130-2017
DELITO CONTRA LA SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES. Quien pone en peligro grave la vida o salud y la integridad física de los trabajadores por no facilitarles los medios y medidas de seguridad e higiene necesarios para desarrollar su trabajo, debe ser castigado con la pena de prisión de seis (6) meses a dos (2) años, sin perjuicio de la pena que pudiera corresponderle por los resultados lesivos causados.