Artículo 264 del Código de la Niñez y la Adolescencia de Honduras
Código de la Niñez y la Adolescencia · sin verificar
La Corte Suprema de Justicia distribuirá las funciones de los Jueces de garantías, de Juicio y de Ejecución, de conformidad a lo establecido en este código, debiéndoles dotar de los recursos presupuestarios, materiales, personal y logística necesarios. No obstante, su creación será progresiva, de conformidad a los programas, planes y presupuestos de que disponga. En tanto no se creen, distribuirá las responsabilidades de éstos, de manera que funcionen de conformidad con los Principios rectores y la debida separación de funciones entre la instrucción, el Juzgamiento y Ejecución.