Artículo 133 del Código de la Niñez y la Adolescencia de Honduras
Código de la Niñez y la Adolescencia · sin verificar
La Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social emitirá disposiciones reglamentarias sobre:
a) Las sanciones administrativas aplicables a las infracciones que se cometan durante el aprendizaje o la prestación de servicio por parte de los aprendices o trabajadores y los patronos.
b) La orientación que debe darse a los niños trabajadores, a sus padres o representantes legales y al patrono en relación con los derechos y deberes de aquellos, los horarios, permisos y prestaciones y las medidas sobre salud ocupacional; y,
c) La forma en que se hará la inspección del trabajo de los niños y, en general, sobre los demás asuntos relacionados con su trabajo.