Artículo 2258 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
No gozarán de preferencia los créditos de cualquier otra clase, o por cualquier otro Título, no comprendidos en los artículos anteriores.
Código Civil · Decreto 76-1906
No gozarán de preferencia los créditos de cualquier otra clase, o por cualquier otro Título, no comprendidos en los artículos anteriores.