Artículo 1836 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
En la misma responsabilidad incurrirá el socio que sin autorización expresa distrajere de los fondos comunes alguna cosa para su provecho particular.
Código Civil · Decreto 76-1906
En la misma responsabilidad incurrirá el socio que sin autorización expresa distrajere de los fondos comunes alguna cosa para su provecho particular.