Artículo 1201 del Código Civil de Honduras

Código Civil · Decreto 76-1906

Tendrán derecho de asistir al inventario, el curador de la herencia yacente, los herederos presuntos testamentarios o ab intestado, el cónyuge sobreviviente, los legatarios, los socios de comercio y todo acreedor hereditario que presente el título de su crédito. Todas estas personas tendrán derecho de reclamar contra el inventario en lo que les pareciere inexacto.