Artículo 1155 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
El cónyuge sobreviviente podrá, a su arbitrio, retener lo que posea o se le deba, renunciando la porción conyugal, o pedir ésta, abandonando sus otros bienes y derechos.
Código Civil · Decreto 76-1906
El cónyuge sobreviviente podrá, a su arbitrio, retener lo que posea o se le deba, renunciando la porción conyugal, o pedir ésta, abandonando sus otros bienes y derechos.