Artículo 28de la Ley del Seguro Social de Honduras
CAPÍTULO II DE LA ADMINISTRACION DEL SEGURO SOCIAL · SECCIÓN III DEL SUB-DIRECTOR EJECUTIVO
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
El Subdirector Ejecutivo será nombrado por el Presidente de la República conforme a una terna propuesta por la Junta Directiva y será removido a solicitud de la misma, debiendo reunir los mismos requisitos exigidos para el Director Ejecutivo. Durará en sus funciones hasta cuatro años (4) pudiendo ser reelecto.
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CAPÍTULO II DE LA ADMINISTRACION DEL SEGURO SOCIAL · SECCIÓN III DEL SUB-DIRECTOR EJECUTIVO
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Sobre este texto
- Ley
- Ley del Seguro Social · Decreto 140-59
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
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Cómo citar
Artículo 28 de la Ley del Seguro Social de Honduras. Decreto 140-59. Texto según TSC (compilación del IHSS con las reformas del Decreto 80-2001), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-seguro-social/articulo-28/