Artículo 10de la Ley del Salario Mínimo de Honduras
CAPÍTULO III DE LAS ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
El Director, de acuerdo con los Miembros de la Comisión de Salario Mínimo nombrada para estudiar una industria; procederá a la celebración de audiencia pública con el fin de recibir testimonios oral o escrito, acerca de la industria bajo consideración, que ayude a la Comisión a determinar el Salario Mínimo a recomendarse.
Ubicar en la ley
CAPÍTULO III DE LAS ATRIBUCIONES DEL DIRECTOR
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley del Salario Mínimo · Decreto 103 (1971)
- Fuente oficial
- Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, con las reformas del Decreto 43-97, Decreto 103 (1971)
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 10 de la Ley del Salario Mínimo de Honduras. Decreto 103 (1971). Texto según Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, con las reformas del Decreto 43-97, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-salario-minimo/articulo-10/