LeytecaHonduras

Artículo 18de la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras

TÍTULO PRIMERO COMPETENCIA · CAPÍTULO III RECUSACION Y ABSTENCION

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

Contra las resoluciones que se dicten en los incidentes de recusación o abstención, no cabrá recurso alguno.

Ubicar en la ley

TÍTULO PRIMERO COMPETENCIA · CAPÍTULO III RECUSACION Y ABSTENCION

Leer desde este artículo

Del mismo capítulo

Sobre este texto
Fuente oficial
TSC, Decreto 152-87
Texto descargado
17 de octubre de 2026
Corte
Texto completo del PDF oficial

Cómo citar

Artículo 18 de la Ley de Procedimiento Administrativo de Honduras. Decreto 152-87. Texto según TSC, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-procedimiento-administrativo/articulo-18/

Reportar un error en este texto

Leyteca no es una institución del Estado. Este texto no es asesoría legal.

¿Algo no coincide con la publicación oficial? Escríbanos.