Artículo 108de la Ley sobre Justicia Constitucional de Honduras
TÍTULO V DE LOS CONFLICTOS DE COMPETENCIA
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
DE LOS SUJETOS LEGITIMADOS Y LOS REQUISITOS DE LA SOLICITUD. La cuestión será planteada por cualquiera de los titulares de los órganos o entidades en conflicto. La solicitud señalará con claridad y precisión, la causa del conflicto y las normas jurídicas con que se relaciona.
Ubicar en la ley
TÍTULO V DE LOS CONFLICTOS DE COMPETENCIA
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley sobre Justicia Constitucional · Decreto 244-2003
- Fuente oficial
- TSC (copia del CEDIJ del Poder Judicial; La Gaceta n.º 30,792, 30 de agosto de 2004), Decreto 244-2003
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 108 de la Ley sobre Justicia Constitucional de Honduras. Decreto 244-2003. Texto según TSC (copia del CEDIJ del Poder Judicial; La Gaceta n.º 30,792, 30 de agosto de 2004), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-justicia-constitucional/articulo-108/