Artículo 5de la Ley Electoral de Honduras
TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO ÚNICO FINALIDAD, PRINCIPIOS Y SISTEMAS
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
JERARQUÍA DE APLICACIÓN. La jerarquía del ordenamiento jurídico electoral debe sujetarse al orden siguiente:
1) La Constitución de la República;
2) Los Tratados Internacionales de los que Honduras es parte;
3) La presente Ley;
4) La Ley Procesal Electoral;
5) La Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización de Partidos Políticos y Candidatos;
6) Otras leyes especiales que regulen la materia electoral;
7) Los reglamentos emitidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE);
8) Los acuerdos y resoluciones adoptados por el Consejo Nacional Electoral (CNE);
9) Los Estatutos de los partidos políticos y los acuerdos de alianza y fusiones legalmente reconocidos e inscritos en el Consejo Nacional Electoral (CNE) cuando corresponda; y,
10) Los convenios suscritos por el Consejo Nacional Electoral (CNE).
Ubicar en la ley
TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO ÚNICO FINALIDAD, PRINCIPIOS Y SISTEMAS
Del mismo capítulo
Sobre este texto
- Ley
- Ley Electoral · Decreto 35-2021
- Fuente oficial
- TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), Decreto 35-2021
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 5 de la Ley Electoral de Honduras. Decreto 35-2021. Texto según TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-5/