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Artículo 5de la Ley Electoral de Honduras

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO ÚNICO FINALIDAD, PRINCIPIOS Y SISTEMAS

Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.

JERARQUÍA DE APLICACIÓN. La jerarquía del ordenamiento jurídico electoral debe sujetarse al orden siguiente:

1) La Constitución de la República;

2) Los Tratados Internacionales de los que Honduras es parte;

3) La presente Ley;

4) La Ley Procesal Electoral;

5) La Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización de Partidos Políticos y Candidatos;

6) Otras leyes especiales que regulen la materia electoral;

7) Los reglamentos emitidos por el Consejo Nacional Electoral (CNE);

8) Los acuerdos y resoluciones adoptados por el Consejo Nacional Electoral (CNE);

9) Los Estatutos de los partidos políticos y los acuerdos de alianza y fusiones legalmente reconocidos e inscritos en el Consejo Nacional Electoral (CNE) cuando corresponda; y,

10) Los convenios suscritos por el Consejo Nacional Electoral (CNE).

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Ley Electoral · Decreto 35-2021
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17 de octubre de 2026
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Cómo citar

Artículo 5 de la Ley Electoral de Honduras. Decreto 35-2021. Texto según TSC (La Gaceta n.º 35,610, 26-may-2021), descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-electoral/articulo-5/

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