Artículo 40de la Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad de Honduras
CAPÍTULO III DE LOS DERECHOS · SECCIÓN V ENTORNO FÍSICO
Texto del PDF oficial, descargado el 17 de octubre de 2026.
ASIGNACIÓN. Las personas con discapacidad o familia a cuyo núcleo pertenezcan, al momento de adquirirla, tienen el derecho a que se les asigne su vivienda en una ubicación de fácil acceso, como ser al inicio del bloque o peatonal o el lugar más cercano a la vía pública o entrada de acceso al proyecto de vivienda.
Ubicar en la ley
CAPÍTULO III DE LOS DERECHOS · SECCIÓN V ENTORNO FÍSICO
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Sobre este texto
- Ley
- Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad · Decreto 160-2005
- Fuente oficial
- TSC, Decreto 160-2005
- Texto descargado
- 17 de octubre de 2026
- Corte
- Texto completo del PDF oficial
Cómo citar
Artículo 40 de la Ley de Equidad y Desarrollo Integral para las Personas con Discapacidad de Honduras. Decreto 160-2005. Texto según TSC, descargado el 17 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/ley-discapacidad/articulo-40/