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Artículo 23de la Ley de Inquilinato de Honduras

Texto del PDF oficial, descargado el 12 de octubre de 2026.

Todo contrato de arrendamiento o subarrendamiento que se celebre desde la vigencia de esta Ley, deberá constar por escrito y expresar el nombre y generales del arrendador y del arrendatario, los datos necesarios para la indentificación del inmueble arrendado, la renta, la forma de su pago y todas las modalidades del convenio.

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Ley de Inquilinato

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Ley
Ley de Inquilinato · Decreto 50-1966
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12 de octubre de 2026
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Cómo citar

Artículo 23 de la Ley de Inquilinato de Honduras. Decreto 50-1966. Texto según La Gaceta (Diario Oficial), 24-sep-1966; escaneo del repositorio de la UNAH, descargado el 12 de octubre de 2026. Leyteca: https://leyteca.com/hn/inquilinato/articulo-23/

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