Leyteca

Artículo 10 del Código Procesal Penal de Honduras

Código Procesal Penal · Decreto 9-99-E

Neutralización de los efectos del delito. Los jueces y los magistrados adoptarán las medidas necesarias para que cesen los efectos producidos por la comisión del hecho punible y para que las cosas vuelvan al estado en que se hallaban antes de que los mismos se hubieren producido.