Artículo 932 del Código Procesal Civil de Honduras

Código Procesal Civil · sin verificar

ENTRADA EN VIGENCIA. El presente Código entrará en vigencia el día 1 de noviembre del año 2010; en consecuencia, restablézcase la vigencia de la Primera Parte, denominada “PROCEDIMIENTOS CIVILES”, contenida en el Decreto No. 76 de la Asamblea

Nacional Constituyente, contentivo del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS COMUNES, emitido en fecha 8 de febrero de 1906, el cual entró en vigencia el 1 de marzo de 1906, disposiciones que estarán vigentes hasta el 31 de octubre del año 2010. 3 Publicado en el diario oficial La Gaceta No.31, 313 del sábado 26 de mayo del 2007