Leyteca

Artículo 483 del Código Penal de Honduras

Código Penal · Decreto 130-2017

EXACCIONES ILEGALES. El funcionario o empleado público que exige directa o indirectamente el pago, para sí o un tercero, de un impuesto, contribución, arancel, tasa o cualquier otra cantidad que no son debidos o en cuantía superior a la legalmente señalada, debe ser castigado con la pena de prisión de tres (3) a seis (6) años e inhabilitación especial de cargo u oficio público por el doble del tiempo de la pena de prisión. Las penas anteriores se deben imponer sin perjuicio de las que en su caso correspondan por el uso de violencia o métodos coercitivos o intimidatorios utilizados para percibir la exacción ilegal.