Artículo 258 del Código de la Niñez y la Adolescencia de Honduras
Código de la Niñez y la Adolescencia · sin verificar
Los empleados y funcionarios de los centros privativos de libertad, serán reclutados, evaluados y seleccionados por concurso de oposición, los cuales deberán contar con aptitudes e idoneidad, valores y principios para ejercer sus funciones. Así como estar especializados en el trabajo con Niños (as) privados de libertad.