Artículo 854 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
El que goza de la servidumbre de luz no tendrá derecho para impedir que en el suelo vecino se levante una pared que le quite la luz.
Código Civil · Decreto 76-1906
El que goza de la servidumbre de luz no tendrá derecho para impedir que en el suelo vecino se levante una pared que le quite la luz.