Artículo 678 del Código Civil de Honduras

Código Civil · Decreto 76-1906

La invención o hallazgo es una especie de ocupación por la cual el que encuentre una cosa inanimada que no pertenece a nadie, adquiere su dominio apoderándose de ella. De este modo se adquiere el dominio de las piedras, conchas y otras substancias que arroja el mar y que no presentan señales de dominio anterior. Se adquieren del mismo modo las cosas cuya propiedad abandona su dueño, como las monedas que se arrojan para que las haga suyas el primer ocupante. No se presumen abandonadas por sus dueños las cosas que los navegantes arrojan al mar para alijar la nave.