Artículo 2356 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
La anotación preventiva surtirá los mismos efectos que la inscripción, durante el término señalado en los artículos anteriores.
Código Civil · Decreto 76-1906
La anotación preventiva surtirá los mismos efectos que la inscripción, durante el término señalado en los artículos anteriores.