Artículo 2330 del Código Civil de Honduras

Código Civil · Decreto 76-1906

El asiento del Registro de Sentencias expresará, además de las condiciones de todo asiento, la especie de incapacidad, facultad o derecho que resulte del título, con indicación del nombre, apellido, vecindario y profesión u oficio de la persona a quien se refiera la incapacidad, facultad o derecho.