Artículo 2123 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
El que hubiese enajenado un inmueble bajo una condición resolutoria, no puede hipotecarlo antes del cumplimiento de la condición resolutoria.
Código Civil · Decreto 76-1906
El que hubiese enajenado un inmueble bajo una condición resolutoria, no puede hipotecarlo antes del cumplimiento de la condición resolutoria.