Artículo 2072 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
El acreedor responderá de la pérdida o deterioro de la cosa dada en prenda, sobrevenida por su culpa o negligencia.
Código Civil · Decreto 76-1906
El acreedor responderá de la pérdida o deterioro de la cosa dada en prenda, sobrevenida por su culpa o negligencia.