Artículo 1790 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
La infracción del artículo que precede anula el contrato, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 1785.
Código Civil · Decreto 76-1906
La infracción del artículo que precede anula el contrato, sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 1785.