Artículo 1300 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
Es nula la donación hecha al guardador del donante, antes que el guardador haya exhibido las cuentas de la guarda y pagado el saldo que hubiese en su contra.
Código Civil · Decreto 76-1906
Es nula la donación hecha al guardador del donante, antes que el guardador haya exhibido las cuentas de la guarda y pagado el saldo que hubiese en su contra.