Artículo 1297 del Código Civil de Honduras
Código Civil · Decreto 76-1906
Tienen capacidad para hacer y aceptar donaciones, los que pueden contratar, salvo los casos en que expresamente las leyes dispusieren lo contrario.
Código Civil · Decreto 76-1906
Tienen capacidad para hacer y aceptar donaciones, los que pueden contratar, salvo los casos en que expresamente las leyes dispusieren lo contrario.